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DEBATE
Escribe Echegaray: "El acuerdo con Suiza, clave para inversión y transparentar comercio"
17/09/2014

El acuerdo con Suiza, clave para inversión y transparentar comercio

Ámbito Financiero

(Por: Ricardo Echegaray, Administrador federal de Ingresos Públicos).

Jacques de Wateville, secretario para Asuntos Financieros Internacionales (Suiza), con Ricardo Echegaray cuando se firmó acuerdo. “Se elimina el secreto fiscal y financiero entre Suiza y la Argentina”, señaló el europeo.

Las principales cuestiones que el nuevo convenio viene a resolver a favor de nuestro país son:
1- Tributación de regalías: el anterior convenio no permitía a la Argentina aplicar el Impuesto a las Ganancias sobre los pagos de regalías a empresas suizas. La AFIP, asimismo, había detectado transacciones de triangulación que daban lugar a abusos de las disposiciones del convenio. El nuevo texto ratifica la procedencia de la retención en la fuente del Impuesto a las Ganancias para el pago de regalías. Este tratamiento importa una recaudación adicional anual de $ 70 M.

2- Acciones y participaciones en sociedades: se suprimió la cláusula que daba lugar a que las acciones emitidas por una sociedad argentina, pertenecientes a un residente suizo, sólo podían ser gravadas en Suiza. Se permite la imposición sobre las acciones, con impuestos patrimoniales, en el país de residencia de la sociedad. Este tratamiento generará una recaudación adicional anual de $40 M.

3- Intercambio de Información fiscal: a diferencia del limitado intercambio de información que el anterior convenio permitía, el nuevo instrumento habilita el intercambio de información fiscal a requerimiento de las administraciones tributarias. La cláusula se aplica a los impuestos de toda clase y naturaleza percibidos por los Estados Contratantes o sus subdivisiones políticas o entidades locales. Aún más, el nuevo convenio incorpora el intercambio de información fiscal conforme al estándar internacional.

4- Eliminación de la cláusula de Nación más favorecida: la Argentina podrá libremente negociar futuros convenios con otros países sin tener la obligación de extender sus beneficios a Suiza.

5- Cláusula general anti-abuso: los beneficios del nuevo Convenio no serán reconocidos en casos de abuso del mismo. Se busca evitar que residentes de terceros países se aprovechen indebidamente de los beneficios mediante la estructuración de planificaciones fiscales abusivas que resulten en una doble no imposición. En este sentido, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y el G-20 vienen trabajando en un proyecto para evitar la evasión tributaria internacional que recomienda este tipo de medidas. Argentina se pone así a la vanguardia de estas acciones a través de la modificación de sus convenios tributarios.

Estamos dando un paso extraordinario para asegurar un marco adecuado y seguro para las inversiones extranjeras. Es un camino prudente y equilibrado para que los fiscos de ambos países no vean mermado su nivel de recaudación y que la mecánica para evitar la doble imposición sea beneficiosa para am


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