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DEBATE
Lamothe (Abeceb): Un parche normativo compensa a las Petroleras Locales
28/10/2014

Con un parche normativo el gobierno evita una mayor caída de precios para productores locales de petróleo

ABECEB

Por Mariano Lamothe.

La resolución 803/2014 modifica la fórmula aplicada para el cálculo de los derechos de exportación móviles del petróleo. De ahora en adelante si el precio internacional cae a 79 USD/BBl, el productor recibirá 69,9 USD/BBl en vez de los 54,5 USD/BBl que determinaba el esquema anterior. Esto en un contexto de caída sostenida de los precios internacionales durante las últimas semanas, que de todos modos aún no se espera pueda afectar al desarrollo de las explotaciones de petróleo no convencional en Argentina.

En los últimos días el precio del petróleo WTI, que es un valor de referencia para el crudo a nivel mundial, viene sorprendiendo con caídas. En Argentina esta tendencia genera interrogantes sobre cómo puede impactar en el desarrollo de los recursos no convencionales, como los del mega yacimiento de Vaca Muerta.

La respuesta es aún incierta, dado que es necesario tener definiciones sobre hacia dónde va a ir el precio. En la Argentina un precio del petróleo en 80 dólares el barril puede llegar a dejar afuera algunos proyectos, pero no implica que anule el desarrollo de los no convencionales.

Es más, para la explotación de los hidrocarburos no convencionales en la Argentina, se puede señalar que la baja en el precio internacional no es determinante por varios motivos. En primer lugar, porque el precio que reciben los productores de petróleo a nivel local y con el que toman decisiones está por debajo del precio actual del WTI.

Además, para el desarrollo de los hidrocarburos no convencionales se necesitan condiciones regulatorias y no el esquema actual de parches. Dentro de las incógnitas que enfrenta el sector, precisamente una de las que destaca es cuál será el mecanismo de determinación de precios, ya que la regulación de la última década alteró los mecanismos del mercado y los niveles acordes a la realidad económica. También en lo que hace a la determinación del precio de gas para las cuencas locales, que se encuentra lejos de las referencias internacionales y de los niveles necesarios para impulsar y hacer viables nuevos proyectos, en algunos casos aun contemplando los programas plus o de inyección excedente de gas.

Asimismo, vale la pena dar una mirada sobre las medidas más recientes que ha tomado el gobierno para evitar un impacto negativo importante en los estratégicos desarrollos no convencionales, así como en los convencionales. En este sentido, la resolución 803/2014 modifica la fórmula aplicada para el cálculo de los derechos de exportación móviles aplicados a este commodity. Previo a este cambio, cuando el WTI perforaba la barrera de los 80 USD/BBl, el precio recibido por el productor se contraía abruptamente. Tras la nueva resolución, si el precio internacional cae a 79 USD/BBl, el productor recibirá 69,9 USD/BBl en vez de los 54,5 USD/BBl que determinaba el esquema anterior.

Si bien es positivo el hecho de que se corrige un salto sin sentido en la fórmula de cálculo en los derechos de exportación del crudo, es una noticia negativa que se convalide el techo de 70 USD/BBl al productor local para valores más elevados del WTI. Por otra parte, no se modifica la asimetría que existe con los derechos de los subproductos derivados del petróleo (más elevados), con lo que se prolonga un esquema que desincentiva la exportación de los combustibles en relación al crudo.


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