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OPINIÓN
Escribe Pablo Navarra: prácticas y normas en la Minería del Siglo XXI
20/05/2015
MINING PRESS

(Por Pablo R. Navarra*)

ACTUALIZACIÓN NORMATIVA

La idea central sobre la que se desarrollará esta información, es que la introducción de prácticas y normas actualizadas relacionadas con la planificación del cierre de la mina, sería un aporte significativo al desarrollo de la actividad. En este concepto abarcamos la actualización de la legislación nacional y sus adecuaciones a escala provincial.

El resumen que se brinda más abajo sobre planificación del cierre en función del ciclo de vida de la mina está dirigido a destacar la importancia de este enfoque en lo relativo a fortalecer los avances registrados en tiempos recientes en lo referente a la sostenibilidad de los proyectos mineros.

Se trata de observar qué procedimientos, de aquellos que se aplican a escala internacional, pueden significar a través de su incorporación un aporte positivo a los resultados globales de la minería, considerando los temas que actualmente la sociedad considera relevantes. Por ejemplo resolver de manera satisfactoria la relación riesgos y legado de largo plazo versus beneficios; asegurar la estabilidad química y física del sitio donde se desarrolla la actividad durante y posteriormente a la finalización de la operación; garantizar la no generación de pasivos.

Probablemente sea importante generar un marco para una modalidad de operación donde se produzca una etapa de comunicación e integración de grupos de interés, que contribuya a resolver organizada y amigablemente los temas planteados más arriba.

Tales prácticas se emplean en alguna medida en la Argentina en los grandes emprendimientos mineros, por iniciativa de las empresas operadoras y de las autoridades de aplicación provinciales. Su incorporación a la normativa formal, sin embargo, se estima recomendable para introducir todos los componentes de esta metodología.

AGGIORNAMIENTO DE LA LEY AMBIENTAL MINERA

Es conveniente puntualizar que para el cumplimiento estricto de la ley ambiental minera, N° 24.585/95, que establece la obligación para la autoridad de aplicación de elaborar las guías y normas necesarias en relación al objeto de la ley, de modo de asegurar el cumplimiento de sus objetivos (la sostenibilidad de los proyectos mineros), sería importante producir una actualización que incorpore las prácticas avanzadas mencionadas, siendo que especialmente desde el año 2000 y hasta la fecha se ha generado y se dispone de un enorme caudal de conocimientos y de experiencia en el rubro.

Una normativa actualizada en esta temática debería ser complementada con la asignación a grupos técnicos con experiencia en su aplicación, de la emisión de guías y normas adecuadas a estos fines, y su conveniente difusión produciendo al mismo tiempo consenso generalizado sobre su viabilidad y conveniencia.

Un capítulo principal de la función de dicho equipo de especialistas sería llevar a cabo un programa de comunicación eficaz, para la participación de los grupos de interés en el direccionamiento de las decisiones relativas al mejor aprovechamiento del emprendimiento, así como sobre las opciones relacionadas con el cierre y post-cierre.

*Geólogo


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