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ANÁLISIS
Vazquéz: Freno al tarifazo, dolor de cabeza para el gobierno. Morini: Impacto
04/08/2016
CRONISTA


BERNARDO VÁZQUEZ

El fallo con el que la jueza de primera instancia de San Martín, Martina Isabel Forns, suspende el aumento de la electricidad en todo el país representa un nuevo revés para el Gobierno que encabeza Mauricio Macri, en línea con lo sucedido el mes pasado, cuando la Cámara Federal de La Plata frenó el tarifazo de gas también en el ámbito nacional.

La jueza federal civil y comercial y contencioso administrativo resolvió dejar sin efecto las resoluciones 6/2016 y 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y la 1/2016 del ENRE, y ordenó a Cammesa “que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la corrrespondiente audiencia pública”.

Así, el Ejecutivo se enfrenta a otro fallo adverso, aunque al ser de primera instancia, una vez que se apele, puede ser revertido por el tribunal de alzada de San Martín. No obstante, la medida se produce una semana después de que la justicia platense avalara los aumentos a nivel provincial, decisión que, tras este fallo, de alcance nacional, queda sin efecto.

En paralelo, desde la semana que viene la Corte Suprema nacional estará en condiciones de definir la problemática vinculada al gas, cuando desde La Plata le giren el expediente que mantiene suspendidos esos aumentos, que superaron en algunos casos el 700%.

Freno judicial a tarifazo de luz impacta en todo el país

AMBITO

GABRIEL MORINI

El tarifazo de la luz dispuesto por el Gobierno comienza a recorrer idéntico camino al del gas, suspendido por la Justicia y que hoy comenzará su derrotero rumbo a la Corte Suprema. La jueza en lo contencioso administrativo Federal N° 2 de San Martín, Martina Forns dispuso ayer la suspensión -en todo el país- del aumento de la tarifa eléctrica, mediante una medida cautelar otorgada en el marco de un amparo colectivo. El fallo reviste un carácter inédito porque es el primero que no se restringe a una jurisdicción en particular, sino que ordena a la propia empresa mayorista de luz que abastece al resto de las distribuidoras que no aplique aumento alguno en todo el territorio nacional. La cautelar reiteró el incumplimiento del Ejecutivo en la manda constitucional de una audiencia pública previa, dispuso la suspensión de la facturación con incrementos a las empresas, y obligó a considerar como crédito el pago que eventualmente hayan realizado los usuarios de sus facturas. 

En un nuevo amparo presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad (Cepis) -que se ha convertido en la pesadilla para el Gobierno por sus éxitos judiciales- logró buena acogida en primera instancia, tras lo dispuesto por Forns. La magistrada dispuso la suspensión de las resoluciones N° 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y 1/2016 del ENRE, y ordenó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) "que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública". Anoche, Cammesa confirmó el freno judicial y sostuvo que el precio mayorista regresará de los valores anteriores como dispuso la Justicia.

Crítica por audiencias

Forns volvió a subrayar la necesidad de realizar audiencias públicas previas a incrementar la tarifa, algo que no se cumplió, por lo que se habilitaba la vía de suspensión a través de una cautelar. Como una nota al pie citó votos de los jueces supremos Ricardo Lorenzetti y Eugenio Zaffaroni como parte de la doctrina jurídica que ya había avalado la determinación de precios de servicios públicos a través del cumplimiento de ese proceso. En definitiva, será la Corte quien también dirima el tarifazo de la luz, que se encuentra un par de escalones por detrás del de gas.

La medida de alcance nacional impacta en "todas las distribuidoras del país" y fue adoptado en función de los "exorbitantes y desproporcionados", aumentos verificados en las boletas de electricidad. Forns arrojó algo de claridad al escenario general -que seguramente será apelado por el Estado- a través de dos aclaraciones a su fallo: todas las empresas están obligadas a refacturar sin aumentos y los usuarios que ya hubieran pagado, deberán contar con ese dinero como crédito "a cuenta" de futuras liquidaciones. Asimismo, en cumplimiento con la legislación, la magistrada solicitó al Ejecutivo un informe en la causa como parte de la resolución de fondo del pleito. 

" Grave riesgo"

"De no hacerse lugar a la medida cautelar interina implicaría un grave riesgo para los usuarios del servicio público de energía eléctrica de todo el territorio nacional, en el caso de que no sean abonadas las facturas del servicio de energía eléctrica, por el posible corte del suministro", alegó la magistrada. 

Como una estocada más, Forns agregó una cita al actual procurador del Tesoro, Carlos Balbín (el encargado hoy de canalizar todas las apelaciones del Gobierno en su rol de abogado del Estado) en la que, en 2008, había cuestionado los aumentos tarifarios dispuestos durante el Gobierno kirchnerista. La ironía es que, en ese entonces, las consideró de "carácter intempestivo, desproporcionado e irrazonable, porque cualquier incremento debe ser debidamente fundado y particularmente gradual -es decir, tarifas justas y accesibles". De todas formas, lo resuelto en la Justicia federal de San Martín no aborda la cuestión de fondo. Algo similar había dispuesto la Cámara Federal de La Plata, que hace casi un mes, suspendió por 90 días la instrumentación de los aumentos en la tarifa de luz en las áreas operadas por las empresas Edenor y Edesur. 

La resolución termina por colisionar también con lo resuelto por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata (Justicia bonaerense) que durante la feria resolvió que se le conceda al Gobierno el efecto suspensivo del fallo del juez Luis Arias, con lo que, en teoría, y para las empresas Edelap, Edesa, Edea y Eden (y sus usuarios) las tarifas con aumento volvían a estar vigentes mientras se tramitaba la apelación. Como las firmas también se abastecen de la estatal Cammesa, ahora deberán abstenerse de facturar con el nuevo cuadro tarifario. 

"Deberán abstenerse de realizar cortes de suministro por falta de pago", indicó lo resuelto por Forns, en un tema que ya había suscitado la preocupación de usuarios que estaban recibiendo intimaciones por corte de parte de las empresas, ante la falta de pago. El Gobierno apelará la medida ante la Cámara, en un expediente que amenaza con convertirse en otro dolor de cabeza para el ministro de Energía, Juan José Aranguren.

 


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