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ANÁLISIS
Bertossi: Tarifas, precisiones y connotaciones. Belloni: Difícil transición
05/08/2016

Tarifas: precisiones y connotaciones

CRONISTA

Roberto Fermín Bertossi* 

El destrato tarifario del gobierno nacional para con los usuarios no solo es ilegal sino, inconstitucional.

La tarifa no es el precio de un servicio público sino, la regulación del mismo.
La clara y contundente matriz con alcurnia constitucional del artículo 42 de nuestra Carta Magna, proclama la supremacía de precisiones en este grave asunto de alcance nacional, partiendo de que: 1º) Las tarifas deben ser justas y razonables previa la celebración de las audiencias públicas respectivas; 2º) Los usuarios de servicios públicos tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, a condiciones de trato equitativo y digno; 3º) El establecimiento de los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional (no solo el de gas natural); previendo la necesaria participación de los usuarios en los organismos, agencias y/o entes de control. 

El propio presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) Dr. Ricardo L. Lorenzetti, sostuvo: "La audiencia pública constituye uno de los derechos consagrados en el artículo 42 CN., que resulta operativo y de aplicación inmediata dado que la realización de dicha audiencia permite mejorar la razonabilidad de las decisiones, conforme un consenso acerca de ellas y dar transparencia de los procedimientos"

Consecuentemente, todas las responsabilidades sobre el desmadre tarifario actual, resultan atribuibles: I) Al Ente Nacional Regulador del Gas, Enargas dado que autorizó, toleró o consintió, por acción u omisión, festivales de subsidios en condiciones inequitativas e indignas; II) No exigió la realización de audiencias públicas ni promovió, ante los tribunales competentes, acciones civiles o penales, incluyendo medidas cautelares para asegurar el cumplimiento de sus funciones y de los fines de la Constitución, de la ley, de sus reglamentaciones como de las cláusulas de los contratos de concesión (Vg., regularidad, confiabilidad, inversiones, expansiones, plan de contingencias, sanciones, etc.); III) No veló por la seguridad, la protección del medio ambiente (masivo consumo de leña u otros combustibles fósiles) ni del derecho de propiedad de la comunidad de usuarios ante los brutales tarifazos y ajustes recientes; IV) Usurparon y politizaron cargos previstos para personas seleccionados entre aspirantes con antecedentes técnicos y profesionales en la materia, sin respetarse incompatibilidades ni prohibiciones, etc.; V) Similares consecuencias debería afrontar el Defensor del Pueblo que no estuvo a la altura de la Constitución, del derecho y de la ley; etc.

Finalmente, más allá de las respuestas formales que se han dado desde el gobierno nacional, es lógicamente forzoso concluir, por lo que se sostuvo al mencionar el art. 42 de nuestra Carta Magna como por las propias cavilaciones del Dr. Lorenzetti sobre el rol de las audiencias públicas, que la CSJN ahora solo deberá confirmar todos los fallos adversos a toda arbitrariedad tarifaria confiscatoria como vg., el del día 7 de julio ppdo. de la Sala II de la Cámara Federal de La Plata; resolución que, como es de público conocimiento, le puso freno al tarifazo del gas en todo el país al declarar nulas las resoluciones 28 y 31 que fijaron incrementos inconsultos e inequitativos, injustos e irrazonables para dicho servicio público esencial; retrotrayendo la situación previa a dichas subas inconstitucionales, y todo ello, sin perjuicio de revisar y regular arregladamente, otras arbitrariedades semejantes en materia de electricidad, agua potable, transporte y peajes, las que nacional e inconstitucionalmente aún siguen vigentes.

*INVESTIGADOR CIJS/UNC

Tarifas: una difícil transición hacia la realidad

TELÁM

Carlos Marcelo Belloni *


Aunque todos concuerdan que el ajuste de tarifas es algo necesario, el debate gradualismo vs. shock ha generado polémica. El ajuste venía demorado desde hace varios años con el consecuente crecimiento en los subsidios y ya era hora de afrontar el costo real de los servicios. Por el momento, la quita de subsidios se hizo con consecuencias importantes en los sectores más vulnerables.

El establecimiento del tope de 400% de aumento en las facturas de gas es una medida apropiada y permitirá contemplar el fuerte reclamo social. El resto de los ajustes debería seguir una lógica más gradualista y progresiva teniendo en cuenta la situación de los distintos sectores sociales, con especial énfasis en los más vulnerables. El universo de consumidores es muy heterogéneo y requiere un abordaje que tenga en cuenta la situación de cada sector y el posible impacto del ajuste.

Lograr que las tarifas sean atractivas para la inversión y a la vez aceptables para la sociedad, sin impactar en la dinámica inflacionaria, es algo imposible en el corto plazo.

Con respecto a la cantidad de posibles beneficiarios de las tarifas sociales, las estimaciones oficiales previas se quedaron cortas. Las solicitudes de tarifa social superan en un 60% las estimaciones del oficialismo en los tiempos de campaña. Según el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), hay un total de 3,3 millones de hogares "elegibles" para la tarifa social de luz, de un total de 14,6 millones de hogares conectados al sistema eléctrico (o sea, el 22% podría pedir el beneficio).

En gas, hay 8,5 millones de hogares conectados a la red de gas, y 1.522.000 son elegibles para la tarifa social. La revisión de zonas posiblemente incremente el número de beneficiarios.

El primer aumento de tarifas, que comenzó en abril de este año, implicaba que la demanda pagaría un 90% del costo del gas.

El resto seguiría corriendo por cuenta del Estado. Con el tope de 400% a la suba de gas sobre el importe de la factura, la demanda pagará un 70% de los costos, según cifras oficiales. Si bien esta última medida implicaría un costo fiscal superior a los $ 11.000 millones, los subsidios a la energía, transporte y agua se reducirían en $ 78.000 millones este año. En comparación con 2015, el gasto en subsidios caería de 4,3% a 3,3% del PIB.

El ahorro fiscal que implica la reducción de subsidios podría compensarse con tarifas sociales, aunque la variante es positiva. La incorporación de nuevos beneficiarios no contemplados actualmente (clubes barriales, centros culturales, etc) incrementaría el costo fiscal calculado. De parte del gobierno, afirman que la meta de 4,8% de déficit fiscal sigue en pie.

Los efectos negativos de la política energética de la década pasada seguirán presentes por un tiempo largo, al menos hasta recuperar la autosuficiencia de gas natural. La Argentina consume 150 millones de metros cúbicos de gas por día y produce 100 millones. El desfasaje entre el precio y los costos de producción es evidente y debe reducirse lo más posible para promover las inversiones productivas en el sector.

La idea de cierta gratuidad universal de los servicios públicos fue instalada socialmente por mucho tiempo y será una cuestión difícil de sincerar. Mantener una tarifa social que efectivamente aminore el impacto del ajuste a los sectores más vulnerables es clave en esta difícil transición.

* Economista del IAE Business School de la Universidad Austral.


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