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MEDIO AMBIENTE
Glaciares en Chile: el acuerdo multisectorial. Dónde se restringe la Actividad Minera
05/03/2015

Acuerdo por ley de glaciares sólo restringe la actividad minera en parques nacionales

Pulso

Durante la mañana de ayer, el ministro de Medio Ambiente, Pablo Badenier, y la ministra Secretaria General de la Presidencia, Ximena Rincón, encabezaron la firma de un protocolo de acuerdo con un grupo de parlamentarios de varios sectores, el que allana la dictación de una futura ley de protección a los glaciares.

En los últimos meses, la comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados tramitó un proyecto presentado por parlamentarios, el que ponía severas condiciones de protección para estos cuerpos de agua, prohibiendo incluso cualquier actividad económica en sus cercanías. Esa iniciativa fue ampliamente criticada por empresas mineras y de geotermia, que veían con alarma que esto significaría el fin o la imposibilidad de ejecutar varias operaciones que se ubican o se ubicarían en la alta cordillera.

Además de ese proyecto, el senador Antonio Horvath había entregado una propuesta similar. Hasta ahora el Gobierno se había mostrado reticente a apoyar alguno de los dos proyectos de ley, aunque sí se había comprometido a presentar una propuesta al respecto.

Precisamente ayer, el Gobierno y Congreso alcanzaron un acuerdo de contenidos para una indicación sustitutiva a una futura ley de glaciares, que entre otros puntos reconoce a estos cuerpos de agua como reservas de agua dulce y proveedores de servicios eco sistémicos, establece distintas clases de glaciares y su entorno, declara a los glaciares como bienes nacionales de uso público y prohíbe la constitución de derechos de agua sobre los glaciares.

Respecto al desarrollo de actividades u obras con fines comerciales, el acuerdo plantea que se prohibirá totalmente su realización “en glaciares que se encuentren en parques nacionales o reservas de regiones vírgenes”.

Esto permitiría destrabar los grandes proyectos mineros como Pascua Lama o Andina 244, que ante una legislación más estricta podían no haberse ejecutado.

Otro punto clave es que se describirán conductas prohibidas que la ley considerará especialmente relevantes de proteger.

Tales glaciares especialmente relevantes se crearán a través de una categoría especial, que el Estado reconoce estratégicos para sus intereses”, añade el texto.

Ministro Badenier firmó acuerdo con parlamentarios para impulsar Ley de Glaciares

La Tercera

El ministro del Medio Ambiente, Pablo Badenier, acompañado de la ministra Secretaria General de la Presidencia, Ximena Rincón, firmó hoy en el Congreso un acuerdo de contenidos para una indicación sustitutiva para una futura Ley de Glaciares, con senadores y diputados integrantes de las comisiones de Medio Ambiente de ambas cámaras del Parlamento.

Con este acuerdo, el Ejecutivo se compromete a presentar una indicación a la moción parlamentaria presentada, sobre la base del acuerdo señalado, que contiene 14 puntos específicos.



Tras la firma del documento, el ministro del Medio Ambiente, Pablo Badenier, afirmó que el proyecto de ley es una necesidad del país y un compromiso presidencial, que permitirá clasificar y definir los glaciares, tener un registro nacional de glaciares creados por ley, y generar una protección estricta sobre este tipo de masas de hielo emplazadas en parques nacionales o en reservas de regiones vírgenes, que constituyen el 80% de la superficie glaciar que posee Chile.

Junto con ello, agregó, a través del proyecto de ley “se perfecciona el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, tipificando expresamente que cualquier proyecto, obra u actividad que intervenga o altere un glaciar se somete como estudio de impacto ambiental en el sistema, con la creación de un Permiso Ambiental Sectorial específico en el caso de algún proyecto, obra o actividad de esas características”.

El ministro Badenier afirmó que con el acuerdo alcanzado para el proyecto de ley “está asegurada la protección del cien por ciento de los glaciares en el territorio nacional”, y destacó el hecho de que la iniciativa legal “también permite y faculta a que puedan revisarse resoluciones de calificación ambiental ya otorgadas y que eventualmente intervienen glaciares”. Las competencias y acciones concretas para la fiscalización y cumplimiento de esta ley recaerán en la Dirección Nacional de Aguas, por lo que se fortalecerán sus atribuciones.

ACUERDO

En el acuerdo de 14 puntos para la indicación sustitutiva a una futura ley de glaciares considera el reconocimiento de estos como reservas de agua dulce y proveedores de servicios ecosistémicos; el reconocimiento legal de distintas clases de glaciares y su entorno, en el marco de una conceptualización que recoja estándares internacionalmente aceptados; su declaratoria como bienes nacionales de uso público, y la prohibición de constituir derechos de agua sobre ellos.

Además, se compromete una cobertura territorial de protección del 100% de la superficie glaciar; se prohibirán totalmente obras, programas o actividades con fines comerciales en glaciares ubicados en parques nacionales o reservas de regiones vírgenes; se describirán las conductas prohibidas en glaciares que la ley considerará especialmente relevantes de proteger, o en su entorno; dichos glaciares especialmente relevantes se crearán a través de una categoría especial, que el Estado reconoce como estratégicos para sus intereses; y se realizarán reformas al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en materia de protección de glaciares.

Finalmente, en el marco del SEIA se creará un permiso ambiental especial en materia de glaciares, que otorgará la Dirección General de Aguas; existirán algunas actividades de bajo impacto permitidas, sujetas a autorizaciones y regulaciones ambientales especiales, como investigación científica, montañismo y turismo de baja intensidad; se elevará la jerarquía legal del actual Inventario de Glaciares, a través de la creación de un Registro Nacional de Glaciares; se fortalecerán las atribuciones de la DGA y se permitirá revisar la Resolución de Calificación Ambiental de proyectos aprobados que pudiesen encontrarse en algunas de las hipótesis de prohibición contenidas en los puntos de este acuerdo.


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