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ACTUALIDAD
Mendoza: Ecogas cobra tarifas en cargo fijo
30/06/2016
ENERNEWS/Los Andes

Cuando parecía estar encaminándose la tan mentada refacturación que debe hacer Ecogas a los usuarios mendocinos para cobrarles con el tope del 80% de aumento de tarifa ordenada por la Justicia, vuelven a haber problemas. Concretamente, irregularidades en el cobro, según informó el diario Los Andes.

Sucede que las nuevas facturas ya empezaron a llegar a los domicilios del Gran Mendoza con una ambigüedad demasiado explícita para ignorarla. Por un lado, aplica el costo unitario que determina el consumo ($ por m3) acorde al fallo de la jueza Olga Arrabal del 27 de mayo; pero, por otro, no lo respeta en el ítem “cargo fijo”.

Así, los montos facturados por ese concepto siguen siendo producto del polémico tarifazo, como si no existiera ningún amparo que lo suspenda. Es lo que ocurrió, entre otros tantos ejemplos, con Victoria, vecina de Mayor Drummond, Luján, a quien la última boleta le dice que debe pagar más de $ 2.342.

En su caso, categorizado como R3-4 (el que corresponde al máximo consumo) queda claro: si bien se le facturó  un costo por metro cúbico “legal” ($ 1,12 por unidad), el cargo fijo, de $ 161,42, nada tiene que ver con lo dispuesto por la Justicia.

Sí con los valores aprobados el 1 de abril, el “tarifazo” derivado en la medida cautelar  que lo suspendió. Aunque en otra categoría, algo idéntico le ocurre a Sebastián, que vive en Villa Nueva. Por el último consumo de su departamento (algo más de 200 m3, categoría R2-3) Cuyana le facturó $ 268,18.

Lo llamativo no pasa por el importe a pagar, sino en cómo se calculó. El cargo variable refleja el 80% de suba autorizado por la jueza Arrabal (pasó de $ 0,31, el valor vigente hasta marzo, a $ 0,54), pero el cargo fijo es un 500% más caro: Ecogas le impuso $ 59,43, contra los $ 10,97 vigentes hasta el 31 de marzo. 

 

Denuncia y silencio

A pesar de que la causa madre sigue en Buenos Aires a la espera de que se dirima la competencia entre juzgados para resolver el amparo, la ONG Protectora ya interpuso una denuncia por “incumplimiento de medida cautelar” ante el  Federal N°2  de Mendoza a cargo de Arrabal.

Hace un par de semanas se formó una pieza separada de la causa madre (la número 4), por la cual la magistrada mendocina sí se encarga del seguimiento de la medida. Concretamente, la correcta refacturación que obliga a hacer a Distribuidora de Gas Cuyana.

Al respecto, Los Andes consultó a la compañía con casa matriz en Córdoba. A través de un comunicado, se limitó a señalar que “en cumplimiento de la medida cautelar dictada por el Juzgado Federal N° 2 de Mendoza, Ecogas informa que todas aquellas facturas emitidas con posterioridad a la notificación de la cautelar (30-05-2016) ya se encuentran facturadas con el tope del 80% dispuesto por la Justicia”. 

No es la primera vez que recae sobre Cuyana una denuncia de ese tenor. Ya en setiembre de 2015, la Justicia tuvo que intervenir en otro caso similar con un solo objetivo: frenar el cobro de facturas hasta 80% más elevadas que, pese a la suspensión por un amparo interpuesto en 2014, había empezado a cobrar con el respaldo de una resolución del Enargas. 

 

Desde hoy las facturas se pueden pagar en 2 veces

“Ecogas se encuentra trabajando en la instrumentación de dicha modalidad (facturación bimestral con obligaciones de pago mensual), adecuando sistemas operativos y estimando su implementación para la próxima semana. Una vez implementado, las facturas tendrán dos cupones de pago, cada uno equivalente al 50% del total, que el cliente podrá cancelar con un intervalo de 30 días, u optar por cancelar en un solo pago”, anticiparon desde la firma.

Aunque para facilitar la recaudación dejó vigente la modalidad.  “Con el objetivo de facilitar la cancelación de las nuevas facturas, a partir del jueves 30 de junio 2016 los clientes podrán acercarse con el número de cuenta a las entidades recaudadoras Rapipago, Pago Fácil y Cobro Express, y solicitar el pago equivalente al 50% de la factura.

El saldo deberá ser cancelado a los 30 días de la fecha de vencimiento”.


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